Ya se pueden solicitar las ayudas NEOTEC 2020

No te pierdas estas ayudas para Empresas Innovadoras

El programa NEOTEC del CDTI apoyará a las empresas innovadoras de base tecnológica (EBTs) con un importe de 25 millones de euros. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el 17 de abril y concluirá el 30 de junio de 2020. Las solicitudes se deberán presentar a través de la sede electrónica del CDTI.

Según la convocatoria del CDTI, el objetivo general de la actuación es financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Los beneficiarios de esta convocatoria deberán ser pequeñas empresas que tengan la consideración de empresas innovadoras, tal y como se indica en la Orden de Bases (artículo 3.1, Orden CNU/1308/2018, de 28 de noviembre de 2018).

👥 ¿Quién puede beneficiarse?
  • 📌 Las empresas no deben estar cotizadas.
  • 📌 Deberán estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa siendo ésta, al menos seis meses anteriores a la fecha de cierre de plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
  • 📌 No deberán haber distribuido beneficios.
  • 📌 No deberán haber surgido de una operación societaria de las contempladas en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
  • 📌 Deberán contar con un capital mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. A estos efectos, la fecha de registro que se considerará será exclusivamente la fecha del asiento de inscripción general.
  • 📌 Deberán tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.
 ¿Qué es subvencionable?
  1. Inversiones en equipos.
  2. Gastos de personal.
  3. Materiales.
  4. Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora.
  5. Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario y anualidad.
💶 Beneficios 
  • 📌 Subvenciones de hasta el 70% del presupuesto de actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.
  • 📌 El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 euros.
  • 📌 Los proyectos podrán ser de 1 o 2 años, iniciándose en ambos casos a partir del 1 de enero de 2021 y finalizando el 31 de diciembre de 2021 o de 2022, dependiendo de la duración del proyecto.

Para más información en cuanto a la evaluación de la solicitud, a continuación, se puede comprobar los criterios de evaluación, tal y como se indica en la convocatoria:

Criterio Puntuación Umbral
1. Valoración del plan de explotación comercial del proyecto. Se valorará el modelo de negocio, la previsión de generación de ingresos, el mercado potencial, las barreras de entrada al mercado, la competencia y las ventajas del producto/proceso/servicio. 0 – 30 15
2. Valoración de la tecnología e innovación del proyecto. Se valorará la tecnología propuesta, la necesidad tecnológica y su valor diferencial, la innovación y el reto técnico. Así mismo, se analizará el plan de gestión de la propiedad intelectual e industrial. También se tendrán en cuenta la calidad y claridad de la presentación de la propuesta. 0 – 35 21
3. Capacidad de gestión del equipo emprendedor involucrado en el desarrollo empresarial. Se valorarán la competencia y la formación y experiencia profesional previas en relación al proyecto. También se tendrá en cuenta el grado de compromiso y la dedicación del equipo técnico y gestor con el proyecto empresarial y la capacidad de relación. También se valorará la vinculación del equipo con redes y entornos de apoyo al emprendimiento. 0 – 30 15
4. Valoración del impacto socio-económico y medio ambiental. Se valorará la creación de empleo prevista en el plan de negocio, las inversiones privadas movilizadas y las medidas orientadas a la igualdad de género, a la inclusión social y la sostenibilidad. 0 – 5 NA

📅
 Plazo de presentación: hasta el 30 de junio de 2020.

Si necesitas ayudas sobre los gastos subvencionables relativos a asesoría, patentes y otros derechos de propiedad industrial, puedes contactar con nosotros.

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