La Diputación de Álava ha lanzado la convocatoria de la ayuda ‘Emprender en Álava 2023’, destinada a fomentar la creación de empresas en el territorio alavés, así como ayudar en la consolidación y expansión empresarial. El plazo de solicitud estará abierto hasta el próximo 1 de marzo de 2023 a las 14:00 horas.
Esta ayuda está dirigida a las siguientes entidades beneficiarias:
- Nuevas empresas:
- Personas físicas alavesas con un proyecto de creación de una nueva unidad empresarial.
- Personas físicas o jurídicas alavesas con una antigüedad máxima de dos años desde el inicio de la actividad o su constitución a la fecha de la solicitud.
- Personas jurídicas alavesas que deseen diversificar su actividad, presentando un proyecto concreto de creación de una nueva unidad empresarial.
- Personas físicas o jurídicas con sede o actividad fuera de Álava que se trasladen/implanten un centro de actividad en el Territorio.
- Consolidación y expansión: personas físicas o jurídicas con centro de actividad en funcionamiento en Álava que hayan sido beneficiarias de ayudas del programa Emprender en Álava en los últimos cuatro años (2018-2021) en la fase de creación de nuevas empresas y tengan un mínimo de un empleo y un máximo de diez (excluidos los promotores).
Las solicitudes se deben presentar a través de la sede electrónica de la Diputación de Álava, siguiendo el procedimiento establecido en la convocatoria. Puedes consultar más información en la convocatoria oficial ‘Emprender en Álava 2023’.
La ayuda ‘Emprender en Álava 2023’ cubrirá una serie de gastos subvencionables, dependiendo de si se tratan de nuevas empresas o están enmarcadas dentro del plan de consolidación y expansión.
Es importante tener en cuenta que serán subvencionables los gastos que se realicen con posterioridad a la fecha de la presentación de la solicitud de la ayuda y con anterioridad al 18 de diciembre de 2023 (este último día incluido).
A continuación, describimos los gastos subvencionables de estas subvenciones:
- Nuevas empresas:
- Gastos iniciales para la solicitud, concesión y registro de patentes, homologaciones, modelos de utilidad y marcas comerciales (límite 10.000,00€). Gastos derivados del diseño y construcción de prototipos (límite 10.000,00€).
- Estudios de mercado y/o viabilidad. Informes, estudios y asesoramiento técnico específicos relacionados con el proyecto.
- Asistencia a cursos técnicos específicos (< 350 horas) y directamente relacionados con la actividad, siempre que no se incluyan dentro de la oferta existente en formación reglada (límite 3.000,00 €).
- Gastos de comunicación ligados al proyecto subvencionable (límite 20.000,00€).
- Otras inversiones en inmovilizado, excepto terrenos, edificios y vehículos.
- Consolidación y expansión:
- Asesoramiento y trabajos de consultoría externa, incluidos los jurídicos.
- Estudios técnicos.
- Gastos de comunicación (límite 10.000,00€).
- Formación en mejora de gestión (<350 horas).
- Adquisición inmovilizada destinado a aumentar la producción y competitividad.
- Gastos de contratación en persona tecnóloga o desarrolladora de negocio.
El importe mínimo de gasto subvencionable es de 100 euros. El importe mínimo de subvención es de 1.500 euros.
En la siguiente tabla se puede observar el reparto de la cuantía de las ayudas que se determinan en la convocatoria ‘Emprender en Álava 2023’.
% de subvención | Límite máximo de subvención | |
Nuevas empresas | 60% | 30.000,00 € (Máximo de 15.000 € en adquisiciones de inmovilizado) |
Si la persona beneficiaria es una mujer o equipo promotor en el que al menos la mitad lo sean. | +5% | |
Proyectos para implantar en un municipio del THA de menos de 20.000 habitantes. | +5% | |
Calificación ≥ 80 puntos. – | – | 40.000,00 € (Máximo de 20.000 € en adquisiciones de inmovilizado) |
Consolidación y expansión | 50% | 20.000,00 € (Máximo de 10.000 € en contratación de personal) |
Las solicitudes presentadas se valorarán según los siguientes criterios y puntuaciones que se indican a continuación. Para poder ser subvencionadas, se requerirá un mínimo de 50 puntos. Los criterios de valoración son los siguientes:
- Valoración del equipo promotor/gestor (0-20 puntos):
- Nuevas empresas: se valorará la aptitud y experiencia de las personas promotoras del proyecto y su grado de implicación.
- Consolidación y expansión empresarial: se valorará la calidad del equipo gestor medido en resultados obtenidos en el desarrollo del proyecto: evolución de la facturación, empleo, productos desarrollados y otros hitos que puedan ser relevantes.
- Tutela del proyecto (0-10 puntos): solo se valorará en el caso de nuevas empresas y se tendrá en cuenta que el proyecto venga tutelado por una entidad pública o privada con experiencia en el desarrollo de nuevos proyectos empresariales y el apoyo a las personas emprendedoras. No se considerará tutela el asesoramiento recibido por parte de empresas de consultoría con ánimo de lucro.
- Grado de innovación del proyecto empresarial y su potencial (0-30 puntos): en el caso de creación de nuevas unidades empresariales se valorará la novedad, originalidad y diferenciación del proyecto empresarial y su grado de viabilidad económica, su potencial de crecimiento y de creación de empleo; así como su estrategia de negocio respecto de clientes, mercados, competidores, productos, tecnologías, etc. En el caso de proyectos de consolidación y expansión empresarial se valorará la escalabilidad del proyecto en términos de potencialidad de incrementos de ventas, empleos, productos, mercados, etc. Es necesario un mínimo de 15 puntos en este apartado para que el proyecto pueda ser subvencionado.
- Impacto en el entorno (0-30 puntos): se valorará su contribución a la modernización, diversificación y mejora competitiva del tejido productivo y al equilibrio territorial; así como su implicación con la estrategia de especialización inteligente de Euskadi: Industria 4.0, Energía, Biosanidad. Además, se valorarán positivamente aquellos proyectos que se desarrollen en núcleos de población de menos de 1.000 habitantes.
- Grado de definición y contenido de la solicitud (0-10 puntos): se valorará la claridad de los contenidos de la solicitud y la aportación desde el primer momento de toda la documentación requerida. Asimismo, se valorará positivamente la presentación electrónica de las solicitudes.
Recuerda que el PLAZO DE SOLICITUD finaliza el próximo 1 de marzo de 2023 a las 14:00h. Y que son subvencionables, únicamente, aquellos gastos incurridos después de la presentación de la solicitud y hasta el 18 de diciembre de 2023, este último día incluido.