No te pierdas estas ayudas al Comercio Exterior
Las subvenciones destinadas al programa estratégico de comercio exterior publicadas por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja tienen como finalidad favorecer la adaptación de las empresas riojanas a la creciente globalización de los mercados, dotándolas de más instrumentos para posicionarse en los mercados exteriores, con el objetivo de dar un impulso a su competitividad.
- 📌 Las pequeñas y medianas empresas (pymes) cuya actividad esté incluida en uno de los siguientes epígrafes de la CNAE-2009:
- Sección C. Industria Manufacturera. Si la empresa es del sector vitivinícola, sólo serán subvencionables las actuaciones realizadas para marcas propias.
- Grupo 58.2. Edición de programas informáticos.
- Grupo 71.1. Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería.
- Grupo 72. Investigación y desarrollo.
- Intermediarios de comercio participados mayoritariamente por una pyme transformadora con domicilio social, fiscal y centro de trabajo en La Rioja.
- 📌 Quedan expresamente excluidos:
- Las comunidades de bienes.
- El sector de la producción agrícola primaria.
- Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
- Las empresas en crisis de acuerdo con la definición incluida en el punto 18) del artículo 2 del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, o en el apartado 5) del artículo 2 del Reglamento (UE) Nº 1388/2014 de la Comisión, en función del sector al que pertenezca la empresa.
- Exposición en ferias fuera del territorio español.
- Exposición en ferias de carácter internacional en territorio nacional.
- Registro de marcas en el extranjero (subvención máxima: 18.000 €).
- Visitas a ferias en el exterior (máx. 2 visitas, una bolsa de viaje por visita).
- Presentación a licitaciones internacionales (subvención máxima: 18.000 €).
- Misiones comerciales realizadas con Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios (máx. 3 misiones, una bolsa de viaje por misión).
- Contratación de técnicos para el departamento de comercio exterior (Subvención máxima: 20.000 €).
- Viajes de prospección comercial (máx. 6 viajes).
- Publicidad en medios de comunicación no nacionales (subvención máxima: 25.000 €).
- Asesoramiento externo puntual especializado en comercio exterior (subvención máxima: 6.000 €).
- Asesoramiento externo para diseño de material promocional (subvención máxima: 5.000 €).
- Asesoramiento externo para campañas de publicidad a través de agencias de publicidad (subvención máxima: 5.000 €).
- Asesoramiento externo para diseño de catálogos, fichas de productos o folletos informativos en idiomas para fines publicitarios (subvención máxima: 6.000 €).
- Imagen corporativa y desarrollo del manual de la imagen corporativa de la empresa (subvención máxima: 3.000 €).
- Diseño de envase y embalaje. (subvención máxima: 6.000 €).
- Contratación de asesoramiento externo para la creación y/o rediseño de página web en idiomas, accesible (subvención máxima: 5.000 €).
- Formación general en comercialización, marketing o idiomas.
- 📌 Tipo general: 27%.
- 📌 Contratación de técnicos para comercio exterior: 50%.
- 📌 Exposición en las ferias Momad y Futur Moda: 10%.
- 📌 Empresas de la Agenda de Fortalecimiento Empresarial: 50%.
- 📌 Proyectos declarados de interés para La Rioja: 50%.
- 📌 Empresas acogidas a programas específicos promovidos por Ader: +10 % adicional.
- 📌 Cuando el proyecto cumpla los criterios establecidos en el Apartado Tercero punto 1, para ser cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER): +2% adicional.
- 📌 Cuando el beneficiario acredite algún modelo de certificación en el ámbito de las relaciones laborales, la responsabilidad social corporativa, la conciliación de la vida familiar y laboral, planes de igualdad, empresas familiarmente responsables y sistemas de prevención de riesgos laborales, como puedan ser de Normas o Modelos SA 8000, SGE 21, EFR, ISO 45001, Ohsas 18001, u otras vigentes: +0’5 adicional.
La inversión mínima subvencionable es de 3.000 €. Los beneficiarios deberán acreditar que los pagos se han hecho a través de entidad financiera (transferencias bancarias, cheques nominativos, pagarés, recibos domiciliados en cuenta, tarjeta de crédito de la empresa…) no aceptándose inversiones pagadas en efectivo.
Las subvenciones hacen referencia a un período de las actividades realizadas desde el 1 de junio de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019. En los justificantes de pago deberán acreditarse: pagador (beneficiario de la subvención), destinatario del pago (emisor de la factura) e importe. Es en régimen de concesión directa.
Incompatibilidad con cualquier otra ayuda para los mismos costes subvencionables (excepción: compatibilidad con las ayudas concedidas directa o indirectamente por ICEX para la exposición en ferias). En este caso se deberá presentar un certificado emitido por ICEX donde figure el porcentaje asignado, sobre qué conceptos se ha aplicado e importe de subvención y el régimen de la ayuda.
No podrán complementar las ayudas gestionadas y concedidas a través de convenios de colaboración suscritos por la ADER y Organismos Intermedios para la misma finalidad, aun cuando los conceptos subvencionables sean diferentes. El el caso de ferias organizadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población y el Consejo regulador de la D.O. Ca. Rioja, únicamente se considerarán subvencionables las bolsas de viaje.
No son subvencionables facturas con importe inferior a 300 euros. No son subvencionables gastos rutinarios o de explotación normales. No podrá incrementarse la inversión una vez finalizado el plazo de solicitud.
Si desea más información sobre las ayudas del Gobierno de La Rioja, contacte con nosotros.
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