Reforma del Diseño Industrial de la UE: fechas clave y novedades

El diseño industrial de la UE está en un proceso de reforma legislativa de gran calado para la modernización de este sistema de protección. El nuevo marco normativo lo constituyen el Reglamento (UE) 2024/2822 y la Directiva (UE) 2024/2823, ambos publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea el 18 de noviembre de 2024. La aplicación de las disposiciones iniciales del Reglamento (Fase 1) se inició el 1 de mayo de 2025. El presente análisis aborda esta Fase 1 de implementación, detallando las modificaciones iniciales que afectan a la gestión y protección del diseño industrial europeo. La más significativa a nivel terminológico es la adopción de “Diseño de la Unión Europea” (DUE), en sustitución de “Dibujo o Modelo Comunitario”.

La reforma persigue un sistema de protección del diseño industrial de la Unión Europea más moderno, accesible y armonizado. Sus metas generales abarcan:

  • Adaptación a la evolución tecnológica: facilitar la protección de nuevas formas de diseños industriales, incluyendo los digitales.
  • Optimización de la accesibilidad: simplificar procedimientos y costes, especialmente para las PYMES.
  • Profundización de la armonización: reducir divergencias entre los sistemas nacionales y el régimen del diseño industrial de la UE, incluyendo la introducción de la “cláusula de reparación”.
  • Refuerzo de la seguridad jurídica: aportar mayor claridad sobre el alcance de la protección y los derechos conferidos por el diseño industrial de la UE.

La Fase 1 establece las bases iniciales mediante la actualización de la nomenclatura oficial para una mayor coherencia y los ajustes en procedimientos clave ante la EUIPO para optimizar su tramitación.

Las siguientes modificaciones fundamentales inauguran la aplicación de esta reforma del diseño industrial de la UE:

  1. Actualización terminológica (efectiva desde noviembre 2024)
    • El sistema pasa a denominarse oficialmente “Diseño de la Unión Europea” (DUE). Esta terminología aplica tanto al diseño industrial de la UE registrado como al no registrado.
    • Los tribunales competentes son ahora los “Tribunales de Diseños de la Unión Europea”.
  2. Presentación exclusivamente ante la EUIPO: desaparece la posibilidad de presentar solicitudes de diseño industrial de la Unión Europea a través de las oficinas nacionales de PI. Todas las solicitudes deben dirigirse directamente a la EUIPO (conforme al Art. 35(1) RDUE modificado), centralizando y simplificando el proceso.
  3. Requisitos para la fecha de presentación: se introduce como requisito para obtener una fecha de presentación el pago de la tasa de solicitud dentro del plazo de un mes desde la fecha de la solicitud (Arts. 35(4) y 38 RDUE modificados). Esta medida alinea el procedimiento con el existente para las marcas de la UE.
  4. Eliminación de muestras físicas: ya no se contempla la presentación de muestras físicas del diseño como parte de la solicitud.
  5. Solicitudes múltiples: se suprime el requisito de ‘unidad de clase’ (Art. 37 RDUE modificado), permitiendo incluir diseños industriales pertenecientes a distintas clases de Locarno en una única solicitud múltiple. Para asegurar la viabilidad de la gestión, se establece un límite máximo de 50 diseños por solicitud. Este cambio se acompaña de una simplificación de la estructura de tasas para las solicitudes múltiples.
  6. Publicación aplazada: se elimina la tasa de publicación asociada al aplazamiento. Para evitar que un diseño aplazado se publique al finalizar dicho periodo, el titular deberá presentar una renuncia expresa a ese diseño industrial europeo específico. Es fundamental destacar que el impago de la tasa de aplazamiento (requerida al solicitar el aplazamiento en el momento de la presentación) sí puede dar lugar a la denegación de la solicitud (Art. 50(5) RDUE modificado).
  7. Renovación: el cálculo del periodo para solicitar la renovación se armoniza con el de las marcas de la UE, comprendiendo ahora los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de expiración del registro (Art. 50 quinquies RDUE introducido), y no el mes completo de expiración. La nueva estructura de tasas de renovación busca incentivar el mantenimiento exclusivo de diseños activos en el mercado. La EUIPO aplicará las tasas (antiguas o nuevas) vigentes en la fecha de recepción de la solicitud de renovación por parte de la Oficina.

Es preciso señalar que esta fase 1 constituye la etapa inicial de una transformación más amplia del régimen del diseño industrial de la UE. La reforma integral abordará progresivamente otros aspectos cruciales:

  • Regulación de nuevos tipos de diseños industriales (interfaces gráficas, etc.).
  • Introducción de una “cláusula de reparación” armonizada a nivel de la UE.
  • Precisiones sobre el alcance de protección, la divulgación de diseños no registrados y la acumulación con derechos de autor.
  • Creación de un símbolo oficial para el diseño industrial de la UE registrado .
  • Fechas relevantes:
    • 1 de julio de 2026: fecha prevista para la entrada en vigor de actos delegados y de ejecución que detallarán aspectos técnicos y procesales clave.
    • 9 de diciembre de 2027: plazo límite para la transposición de la nueva Directiva por los Estados miembros a sus legislaciones nacionales.

Las modificaciones de esta fase 1 ya comportan implicaciones prácticas que requieren consideración estratégica por parte de los titulares y solicitantes de diseños industriales en la UE:

  • Adopción de la terminología actualizada: resulta imperativo emplear la denominación “Diseño de la Unión Europea (DUE)” en toda documentación y comunicación formal.
  • Énfasis en la representación visual: dado que la reforma del diseño industrial de la UE incrementa la importancia y flexibilidad de las representaciones visuales y digitales para definir el alcance de la protección, la calidad, claridad y completitud de estas representaciones (imágenes, archivos digitales, etc.) son ahora de máxima criticidad.
  • Planificación estratégica: es aconsejable anticipar el impacto de los cambios futuros (tasas, formatos, cláusula de reparación) en la estrategia de protección y gestión de la cartera de diseños industriales europeos.

Si quieres conocer más sobre esta modalidad de protección, te recomendamos leer nuestro artículo: ¿Qué es un diseño industrial y cómo se puede proteger?

La reforma del diseño industrial de la Unión Europea presenta una notable cambio normativo y una implementación escalonada. El conocimiento de la legislación y la práctica administrativa se combinan con una visión estratégica para asesorar a nuestros clientes sobre cómo esta evolución legislativa impacta sus activos de propiedad industrial.

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Puedes leer más sobre esta reforma en la página web oficial de la EUIPO.