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El Economista, 21 de junio de 2013
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El Diario Oficial de la Unión Europea (Doue) ya ha hecho público el Acuerdo del Consejo acerca de la creación del llamado Tribunal Uni- ficado de Patentes, una institución con la que se pretende garantizar resoluciones rápidas y de alta calidad en materia de patentes eu- ropeas en el marco comunitario.
El Tribunal, que podría comenzar a funcionar en enero de 2014 (fecha en que entra en vigor el Acuerdo), nace con la vocación de convertirse en el órgano común para todos los Estados miembros, con competencia exclusiva en lo relativo a las patentes europeas y a las patentes con efecto unitario. Eso sí, no tendrá capacidad para resolver asuntos relativos a patentes con eficacia a nivel estatal. Así, su actividad complementará a la de los tribunales nacionales.
En el caso español, el Estado ten- drá que decidir si pertenecer a este sistema o mantener la competencia de los tribunales españoles a la hora de resolver litigios relativos a marcas comunitarias. Actualmente en España pueden registrarse patentes en todos los países de la UE, siempre que se presenten en los idiomas oficiales (inglés, francés o alemán), o que la copia en español u otra lengua nacional vaya acompañada de una traducción a cualquiera de esos tres idiomas.
La decisión del Gobierno sobre si acogerse al paraguas del Tribunal comunitario o seguir resolviendo a nivel nacional promete condicionar las decisiones empresariales a la hora de elegir la modalidad de protección de sus invenciones en los demás países de la UE. Así, si España queda totalmente fuera del sistema, optar por una patente España puede optar por ceder a los jueces de la UElos litigios sobre patentes unitarias nacional para cada país o por una patente única europea implicará quedar sometido a un sistema jurisdiccional nacional o unitario, según el caso.
Organización y competencia
El Tribunal constará de una Primera Instancia, una Sala de Apelación y una Secretaría. Así, el Tribunal de Primera Instancia constará de una División Central -con sede en París y secciones en Londres y Mú- nich), y de Divisiones nacionales y regionales. Las divisiones nacionales y regionales se crearán a petición de cada país.
En cuanto a la composición del Tribunal, las Salas contarán con tres jueces -que serán plurinacionales- en el caso del Tribunal de Primera Instancia, y de cinco en el caso de los Tribunales de Apelación. Dos o tres en el caso de Apelación- de ellos tendrán formación jurídica y serán nacionales de los distintos Estados contratantes, mientras que uno -o los dos restantes en Apela- ción- tendrán formación técnica, titulación y experiencia en el ámbito de tecnología de que se trate . En concreto, el Tribunal tendrá competencia exclusiva en materia de acciones por violación de patente y de certificados de protección y proteciones afines, acciones tendentes a la declaración de inexistencia de violaciones de patentes, acciones por las que se soliciten medidas y requerimientos provisionales y cautelares, o acciones de nulidad de patente. También acciones de reconvención de nulidad, así como demandas por daños y perjuicios o de indemnización derivadas de la protección provisional otorgada por una solicitud de patente europea publicada, entre otras.
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