Francia rechaza el registro de la marca Je suis Charlie

El rechazo de la oficina gala de patentes y marcas a registrar el eslogan creado tras los atentados de París, es una llamada de atención ante el intento habitual de crear marcas o frases oportunistas.

Oportunistas y especuladores no han tardado en buscar el modo de explotar con fines comerciales el eslogan Je suis Charlie, que nació tras el atentado yihadista contra la revista satírica Charlie Hebdo. La popularidad y repercusión mundial de la frase ha provocado que, sólo en Francia, se hayan recibido más de 50 solicitudes para registrarla como marca, algo a lo que ya se ha negado la oficina de patentes y marcas del país galo por considerar que no tiene carácter distintivo . En un breve comunicado del pasado martes, el INPI (Institut National de la Propriété Industrielle) afirma que un actor económico no puede adueñarse del eslogan debido a su amplio uso por parte de la comunidad .

Sin embargo, esta decisión sólo afectaría al territorio francés, ya que las solicitudes de registro de la marca Je suis Charlie se concederán o no dependiendo del criterio de cada oficina de marcas. Según explica Pepe Isern, socio de la firma Isern Patentes y Marcas, existen diversas razones por las que se puede denegar su registro.

Puede haber oficinas que lo rechacen por considerar que es una marca poco distintiva, como ha sucedido en Francia, y otras que lo hagan por considerar que da lugar a confusión respecto al origen de la marca y su verdadero titular: Por ejemplo, si un particular registra Je suis Charlie para distinguir una revista, el consumidor puede pensar que se trata del mismo origen que la revista Charlie Hebdo , explica Isern.

Tal y como señala este experto, se podría entender que la marca representa de facto a la revista como si fuera un pseudónimo, lo que impediría que fuera solicitada por una persona diferente a la que se menciona en la propia marca. Además, podría considerarse que la solicitud va en contra de las buenas costumbres, la ley, la moral o el orden público, unas cuestiones que aparecen reguladas en la Ley española de Marcas en sus artículos 5 y 9.

Casos en España
En este sentido, el abogado recuerda diversos ejemplos de casos en los que la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ha denegado el registro de denominaciones como Cuba Libertad Castrada, para una asociación y servicios de publicidad, La Ostia, para productos de ropa y bebidas espirituosa y alcoholes, o Tentaciones Artesanas San Joderse y Laostiadivina para productos alimenticios.

Casi todas las leyes de Marcas contienen normas análogas que impiden el registro de determinadas denominaciones. Así, por ejemplo, la Oficina de Marcas Comunitaria (OAMI) ha denegado por motivos idénticos Bin Laden y Sudaca, para bebidas alcohólicas, o Cojones para ropa, complementos y juguetes.

El registro de marcas oportunistas suele ser habitual. En España fue muy sonado el caso de un votante del PP que registró la marca Podemos. Más recientemente la amiga del pequeño Nicolás, Isabel Mateos la pechotes ha intentado registrar como marcas su pseudónimo y el de su amigo, sin que se conozca aún la decisión de la OEPM. Nicolás podría oponerse a la que se refiere a él. Por otra parte, hace unos años un particular solicitó registrar la marca Vamos Rafa, hecho que no gustó a la marca deportiva de Rafael Nadal.

Expansión, 15 de enero de 2015

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